En España, el IVA en los restaurantes es del 10%, conforme al artículo 91 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido. Este impuesto del tipo reducido se aplica a todos los servicios de hostelería (excepto en Canarias) y, siendo un impuesto indirecto, permite que los negocios se deduzcan parte de estos gastos en su contabilidad.
Tanto si estás pensando en abrir un negocio de hostelería como si ya tienes un restaurante, te interesa saber cuánto se cobra de IVA en restaurantes, cuánto es el IVA de bares y cafeterías, o si te devuelven el IVA en restaurantes. Continúa leyendo para responder a estas preguntas y para profundizar sobre uno de los impuestos más importantes para el sector de la hostelería y la restauración.
Tipos de IVA en España
En España existen tres tipos de IVA que afectan según el tipo de producto o servicio que ofrecen las empresas y autónomos:
- IVA General del 21 %: Este es el más común y se aplica a la mayoría de servicios y productos como electrodomésticos o ropa. En hostelería es el IVA que se aplica a las bebidas alcohólicas.
- IVA Reducido del 10 %: Se aplica a determinados productos o servicios que siendo necesarios no son de primera necesidad (alimentos, transporte, a la hostelería o al sector salud).
- IVA Superreducido del 4 %: Se fija a los productos o servicios considerados de primera necesidad, para que la población pueda adquirirlos a un menor costo (huevos, pan, harina, leche, queso, frutas y verduras, medicamentos, los libros, etc.).
Es importante destacar que en Canarias no se aplica el mismo IVA, allí utilizan el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que es del 7%, pero es muy similar al que se aplica en la Península. Además, la Ley del IVA también contempla una serie de casos en los que los productos no están gravados con este impuesto, como los seguros y la asistencia sanitaria.
El IVA en Restaurantes, Bares y Cafeterías
Para el sector de la hostelería, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es uno de los impuestos más importantes, y como hemos visto antes, para restaurantes, bares y cafeterías se aplica una tasa de IVA del 10%, conocido como un tipo reducido que abarca la mayoría de los servicios que estos negocios ofrecen.
También hay que tener en cuenta que si un cliente pide una cerveza (el IVA de las bebidas alcohólicas es del 21%) y una tapa de tortilla de patatas (el IVA del 4%), aunque estos productos tengan impuestos diferentes, el cobro se unifica en el establecimiento, de manera que el IVA que se le aplica a toda la carta sigue siendo del 10 %, simplificando el proceso tanto para el negocio como para el consumidor.
Novedades fiscales que afectan a los hosteleros en 2024
En 2024, el IVA para alimentos básicos se mantiene en 0%, mientras que para pastas y aceites es del 5%. Por otro lado, el IVA de la electricidad aumenta del 5% al 10% durante todo el año, y el del gas también se incrementa al 10% durante el primer trimestre.
- IVA para alimentos básicos: Se mantiene la tasa del 0% para los alimentos básicos, siendo relevante para los hosteleros que también gestionan panaderías asociadas a sus negocios.
- IVA para pastas y aceites: Continuará siendo del 5%.
- IVA para la luz: Habrá un aumento en el IVA de la luz, que subirá del 5% al 10% todo el año.
- IVA para el gas: Este impuesto también subirá al 10% durante el primer trimestre del año.
Estos cambios en el IVA en la restauración y hostelería afectan al flujo de caja y la tesorería de los negocios gastronómicos, por eso, es importante tener en cuenta estas variaciones, para llevar una buena gestión fiscal y financiera. Según las proyecciones económicas de España para el 2024, se espera un crecimiento del 1,6% y una disminución en el riesgo de recesión.
¿Cuándo NO se aplica el IVA reducido en Restaurantes?
Existen algunos modelos de negocio de hostelería que, aunque operan bajo la categoría de restaurantes o bares, su actividad principal se enfoca en otros servicios. En estos casos, no se aplica el IVA reducido del 10%, sino una tasa superior del 21%. Veamos algunas de estas modalidades de negocio:
- Restaurantes especializados en celebraciones infantiles: Estos establecimientos están enfocados en proporcionar ocio y entretenimiento a los pequeños, más allá de la oferta de alimentos.
- Bares o restaurantes con actuaciones de monólogos: En estos locales el entretenimiento se considera la actividad principal, por lo que la comida pasa a un segundo plano.
- Karaokes: En estos negocios la comida se considera secundaria frente a la experiencia lúdica principal del karaoke, relegando la oferta gastronómica.
- Pubs o cafeterías con actuaciones musicales o de teatro en vivo: En este caso, el tratamiento del IVA es dual, es decir, estos establecimientos aplican una tasa de IVA del 21% en los días que hay actuaciones y en días sin actuaciones, se aplica el IVA reducido del 10% propio de las cafeterías.
Estos ejemplos muestran cómo la naturaleza de la actividad principal del negocio influye en la tasa de IVA aplicable, destacando la importancia de identificar correctamente la actividad principal del negocio, para cumplir adecuadamente con las obligaciones fiscales.
¿Es obligatorio incluir el IVA en la carta de un restaurante?
En España sí es obligatorio meter el IVA en la carta de un restaurante, y esta obligación está regulada en la Ley 44/2006 de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores, que establece la colocación de precios sin IVA en las cartas de bares y restaurantes como práctica ilegal, por ser engañosa, por lo que todos los restaurantes deben tener en su carta los precios con el IVA incorporado.
Además de en los menús y cartas, el tipo reducido de IVA también debe incluirse en los tickets y en las facturas que el restaurante hace a los clientes.
¿Se pueden los Restaurantes desgravar el IVA?
Los restaurantes sí se pueden desgravar el IVA de los gastos necesarios para su actividad laboral, y para ello, deben conocer qué tipos de gastos son deducibles:
Ahora bien, la devolución del IVA en restaurantes se hace a través del IVA soportado y para que los negocios de hostelería se puedan deducir el IVA deben de cumplir una serie de requisitos:
- Los gastos (IVA soportado) deben estar directamente relacionados con la actividad del restaurante.
- Deben ser gastos legalmente deducibles.
- Solamente pueden ser deducirse si quien los realiza es una empresa o un autónomo.
- Es obligatorio presentar las factura de compra que justifiquen estos gastos.
- La deducción debe hacerse en la declaración del impuesto dentro de un plazo máximo de 4 años; de lo contrario, se pierde el derecho a la deducción.
Una vez que se comprueba que se cumplen con los requisitos, los detalles deben registrarse y presentarlos a la Agencia Tributaria a través del modelo 303.
Ahora ya tienes claro cuál es el IVA en restaurantes y cómo calcularlo correctamente para tu negocio. Porque entender cómo y cuándo se cobra el IVA en restaurantes, es algo que todo empresario debe conocer para asegurar que su manera de presentar los precios al consumidor y sus prácticas contables cumplan con la normativa vigente.
Food and Beverage Manager | Director de Alimentos y Bebidas en Grupo Antequera Golf
Socio Senior en AIDABE – Asociación Iberoamericana de Directores y Directoras de Alimentos y Bebidas
Si un restaurante también vende productos alimenticios como queso, jamones, aceites,etc. Cuál es el tipo que tiene que aplicar a estos, el 10% de Restauración o el correspondiente a cada tipo de producto
Hola Roberto, gracias por tu comentario.
Como sabes, desde enero de 2023, el Gobierno español ha implementado algunas medidas fiscales para paliar los efectos económicos de la crisis.
Entre estas medidas, se ha rebajado el IVA de los alimentos de primera necesidad del 4% al 0% y esto incluye productos como el queso. Por otro lado, el aceite, junto con la pasta, ha visto su IVA reducido del 10% al 5%.
La diferencia entre que IVA aplicar en este caso particular estaría directamente relacionada con el hecho de si se va a ofrecer un servicio adicional. A continuación te detallamos los dos posibles casos:
– En España, si un restaurante vende productos alimenticios directamente al cliente sin ofrecer ningún servicio adicional (como el servicio de mesa), debería aplicar el IVA correspondiente al tipo de producto. Es decir, que deberías vender el queso con el 0% IVA y al aceite aplicarle un 5% IVA.
– Sin embargo, si estos productos se venden en el contexto de una actividad de restauración (por ejemplo, para consumir en el local), entonces se aplica el IVA de restauración, que es del 10%.
Espero que esta información te sea de ayuda y gracias por señalar este importante detalle.